El Tribunal Supremo revoca la concesión de las instalaciones del Club de Vela del Puerto de Andratx

Las instalaciones en litigio son las que ahora ocupa el Club de Vela Puerto de A

(29/4/17) El Tribunal Supremo ha fallado en favor de la empresa Iniciatives Portuàries Mirall de Mar de Mallorca, 14 años después de que ésta interpusiera el correspondiente contencioso administrativo, para que se le adjudique la concesión para la ocupación y explotación de la dársena deportiva del Port d'Andratx, adjudicada desde 2006 al Club de Vela local.

La sentencia establece que la Administración balear no podía renovar la concesión al margen del concurso convocado en 2002, cuando expiró la anterior concesión del Club de Vela d’Andratx. La sentencia también determina que existió “una actuación administrativa directamente encaminada a que la concesión no se adjudicara conforme a las bases de la convocatoria, sino que continuara en manos de quien había sido su titular”. El Supremo sentencia pues que las instalaciones hoy ocupadas por el Club de Vela Andratx debieron ser adjudicadas en su día a Iniciatives Portuàries Mirall de Mar de Mallorca (IP3M), empresa propiedad de Juan Antonio Riutort, reconociendo el derecho de dicha empresa a la citada concesión al ser la oferta mejor valorada en el concurso del la Consejería de Medio Ambiente de 30 de octubre de 2002.
El Supremo estima el recurso de casación interpuesto por dicha empresa contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, anulando también el acuerdo del Consejo de Administración de Puertos de las Islas Baleares en 2006, que otorgaba la concesión al Club de Vela d’Andratx por un plazo de 30 años.
El Supremo considera que la Administración balear no podía adjudicar una concesión al margen del propio procedimiento de su concurso, añadiendo que los hechos suponen "una actuación administrativa directamente encaminada a que la concesión no se adjudicara conforme a las bases de la convocatoria", sino que continuara en manos de quien había sido su titular.
La Sala añade que en el informe de la adjudicación, según el criterio de los Servicios Jurídicos de la Administración balear: "todas las actuaciones, conducen a la conclusión de que debía adjudicarse a Iniciatives Portuàries Mirall de Mar de Mallorca S.L., pues el interés público contemplado por las bases de la convocatoria se satisfacía de ese modo por ser la suya la mejor oferta". La Sala estima que la oferta de Inicitaives Portuàries fue la que recibió mejor valoración técnica, por cuanto se propuso se le adjudicara la concesión en 2003 e incluso se preparó la resolución de adjudicación, que no se llegó a firmar.
A partir de ese momento, el tema quedó en un punto muerto con la disputa por la concesión abierta en los medios entre Club de Vela y Iniciatives Portuarias. Recordemos que en esos años, las concesiones de varios clubes náuticos baleares estuvieron en la cuerda floja ante la imposibilidad de competir económicamente con las altas ofertas de empresas privadas. Fue sonado el caso del Club Marítimo de Mahón, que perdió la concesión de los amarres que venía ocupando desde los años 50 en manos de la empresa Trapsa, en la órbita del empresario Gerardo Díaz Ferrán, actualmente en prisión.
Entre una y otra cosa, la concesión de Andratx expiró, revertiendo legalmente en la Administración antes de la adjudicar convocatoria del concurso. La sentencia del Supremo recuerda el Parlament de las Illes Balears presentó entonces un proyecto de ley, luego ley, que dejaba sin efecto los procedimientos de concurso para la adjudicación de concesiones administrativas náutico-deportivas pendientes de resolución y que se hubiesen iniciado antes de la entrada en vigor de la ley, renovando al Club de Vela d’Andratx, cuya oferta había en tercer lugar en el concurso, la concesión por 30 años de las instalaciones que ocupaba en el puerto.